domingo, 16 de septiembre de 2007

Derecho de petición presentado a la Rectoría de la Fundación Universidad Jorge Tadeo Lozano con fecha 13 de Julio de 2007

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Bogotá 13 de Julio de 2007



Señores
MINISTERIO DE EDUCACION
Viceministerio de Educación Superior
E. S. D.

Ref. Derecho de Petición en interés particular.
Con Copia a la rectoría de la Fundación Universidad Jorge Tadeo Lozano
- Programa de Bellas Artes


Yo, MARIA NATALIA ÁVILA LEUBRO identificada con Cédula de Ciudadanía No. 52.786.530 de Bogotá. Domiciliada en Bogotá. Actuando en nombre propio y haciendo uso del derecho constitucional de petición, consagrado en el Art. 23 de la Constitución Política, y en los Art. 5 y 9 y del Código Contencioso Administrativo (CCA) interpongo el siguiente derecho de petición solicitando que se someta a revisión el proceso de deliberación y valoración de mi proyecto de grado para lo cual presento los siguientes:

Hechos:

1. El Día 8 de septiembre del 2006 entregué en las instalaciones del programa de Bellas Artes de la Universidad Jorge Tadeo Lozano el proyecto de grado de titulado “Punto de Tensión” (Anexo 1).
2. Un mes después en reunión con el Maestro Manuel Santana, Administrador Docente del Programa de Bellas Artes, me fue comunicada verbalmente la aprobación del mismo, dando así el aval del programa para dar inicio al desarrollo del proyecto.
3. Durante el mes de Diciembre se llevó a cabo el proyecto según los lineamientos planteados en el mismo que fué aprobado por el programa de Bellas Artes.
4. El 22 de Febrero del 2007, fue entregado en el Programa de Bellas Artes de la Universidad Jorge Tadeo Lozano el documento correspondiente al trabajo solicitado como requisito para la presentación de proyectos de grado del programa de Bellas Artes, junto con tres cartas, las cuales correspondían a:

* Carta de Información acerca de la “fecha”, “hora” y “lugar” de sustentación del proyecto(Anexo 2) según los lineamientos de la facultad, en donde se especifica que ésta será el día 10 de Abril a las 10:00 de la mañana en la plazoleta de comidas del segundo piso del Centro Comercial Salitre Plaza.

* Carta de Sugerencia como posibles jurados para el proceso de sustentación al Maestro Giovanni Vargas o al Maestro Juan Mejía por su idoneidad en la materia (Anexo 3).

* Carta donde aviso que desde el día 22 de Febrero hasta el día 7 de Abril me encontraré fuera de la ciudad por asuntos laborales; razón por la cual solicito que cualquier información con respecto al proceso de sustentación me sea comunicado vía correo electrónico para “posibilitar una comunicación eficaz, y permitir una toma de decisiones oportuna” (Anexo 4).

5. El día 26 de Marzo recibí un mensaje via correo electrónico (Anexo 5), en el cual se aplazaba la fecha de sustentación del 10 de Abril al 17 de Abril, sin especificar los motivos de esta.
6. El día 27 de Marzo de nuevo se aplaza la sustentacion a través de un correo electrónico (Anexo 6) del 17 de Abril al 18 de Abril. Tampoco se dan a conocer los motivos del aplazamiento ni se realizan observaciones de otra naturaleza.
7. El día 17 de Abril es enviado a mi correo (Anexo 7) y al del Maestro Giovanni Vargas, por sugerencia de la Maestra Sylvia Escobar un mensaje de confirmación de la sustentación para el día siguiente, es decir el miércoles 18 de Abril a las 10:00 a.m. en el Centro Comercial Salitre Plaza, Este correo no fue enviado al tutor del proyecto Víctor Albarracín Llanos quien desde el anteproyecto entregado y aprobado por la facultad fue presentado como tal.
8. La sustentación del mi proyecto de grado titulado “Punto de Tensión” se presentó en el lugar, fecha y hora acordados teniendo como asistentes a:

* El jurado compuesto por: La maestra Sylvia Escobar, el maestro Giovanni Vargas y la Literata Paula Silva.
* El Tutor del proyecto: Víctor Gonzalo Albarracín (quien fue citado por mi).
* Los Estudiantes: Kevin Simón Mancera, Edwin Sánchez, Paola Ruiz y Lorena Espitia.

9. La sustentación se grabó en video con conocimiento de los asistentes a la sustentación, y durante la misma respondí los interrogantes del jurado, durante la sustentación no hubo indicios de que el proyecto fuese a ser reprobado (revisar apartes subrayados en trascripción Anexo 8). El día 24 de abril recibí un correo (Anexo 9) del programa de Bellas donde me citaban el miércoles 25 de Abril es decir al día siguiente; confirmé mi asistencia y llamé al programa averiguando la naturaleza de la reunión y solicitando saber si era necesario que el tutor asistiera a la reunión. La respuesta de la secretaria Gloria Stella fue que la maestra Sylvia deseaba hablar conmigo y que la asistencia del tutor era opcional.
10. El día 25 de Abril se llevó a cabo la reunión a la que fueron citados los jurados Giovanni Vargas y Paula Silva y en la cual se hizo lectura y entrega del Acta de Evaluación del Proyecto de Grado del Programa de Bellas Artes (Anexo 10), presentando la calificación del Proyecto como: Reprobado. En el acta de evaluación se realizan señalamientos sobre el texto presentado el 22 de Febrero (casi dos meses antes) y el proceso de materialización y socialización en el centro comercial señalado desde el 22 de Febrero también en documentos citados en el numeral 3 del presente documento, replanteando de nuevo algunas preguntas hechas por el jurado en la sustentación pero que según se señala en el texto aún subsisten.
La maestra Sylvia Escobar señaló verbalmente como el proyecto en una etapa inicial de discusión por parte de los jurados fue pensado como proyecto con “nota aplazada”. Sin embargo, al ver que el al crear esta figura transitoria quedaba solamente un mes de aplazamiento, decidieron dar el proyecto como reprobado. Esto implica presentarlo de nuevo seis meses después, es decir, hasta el mes de Octubre del 2007.
11. Teniendo en cuenta que lo hablado durante la reunión no corresponde al Acta de Evaluación del Proyecto de Grado del Programa de Bellas Artes porque no se está hablando de un proyecto reprobado que debe ser replanteado, envié una carta el 28 de Abril (Anexo 11) a la Directora del programa de Bellas Artes Sylvia Escobar, solicitando algunas aclaraciones con respecto a dicha reunión y documento y solicitando una reunión (apelando al derecho de ser escuchado y vencido en juicio con un tercero neutral) con los jurados y el tutor. Esta carta es respondida a través de reiteraciones y a través de una negativa exponer mi criterio (Anexo 12).

Fundamentos jurídicos:

Solicito a la universidad que responda de forma precisa y concreta al derecho de petición que presento. La razón para solicitar esto, es que en anteriores oportunidades solicité aclarar algunas decisiones de la facultad sobre mi caso particular, y lo único que recibí como respuesta fueron evasivas. El hecho de ser una persona jurídica privada no la exime de responder a las peticiones que respetuosamente elevan los miembros de la comunidad educativa. Según la jurisprudencia de la Corte Constitucional, cuando un particular presta un servicio público esencial está sujeto a las normas del código contencioso administrativo y de la constitución. La educación ha sido reconocida en múltiples providencias de la Corte como un servicio público esencial, por lo que dejar sin respuesta precisa y de fondo una solicitud es una vulneración tajante de mis derechos fundamentales. Tampoco es de recibo que la Universidad no responde bajo el pretexto de la autonomía universitaria, pues como bien dijo la Corte Constitucional: “Sería incomprensible que con la disculpa de la autonomía se vulnere la normatividad constitucional, toda vez que ésta es portadora de unos principios que bajo ningún aspecto pueden ser desplazados” Sentencia T-237/95. En la misma línea: T-492/92, T-506/93 y T-515/95

El art. 29 de la C.P consigna que el debido proceso debe aplicarse a todas las actividades judiciales y administrativas. Por tanto, el incumplimiento de normas claras y vinculantes por parte del programa de Bellas Artes de la Universidad Jorge Tadeo Lozano para obtener el título de Maestra en Artes Plásticas es una evidente violación de este derecho. En el documento “Requisitos y Requerimientos del proyecto de grado” del Programa de Bellas Artes (Anexo 13 y 14) se dice expresamente que el director de tesis hará parte del jurado. Sin embargo, el día de la sustentación del trabajo mi director de tesis no fue llamado a participar en las deliberaciones de los jurados, y su concepto no fue tenido en cuenta por los demás calificadores. Con esta conducta se configuró una violación al debido proceso, porque no fue tenida en cuenta la opinión de alguien, que según los documentos expedidos por la misma facultad, debió haber estado presente en la reunión de calificación de los jurados.

Otra violación del debido proceso es la falta de correcciones de los miembros del jurado. No deja de causar sorpresa que una vez entregado el trabajo, ninguno de ellos me comentara la necesidad de hacerle cambios. Ellos tuvieron el trabajo alrededor de un mes y medio. Este tiempo fue suficiente para plantear objeciones y correcciones con el fin de mejorar el trabajo. Sin embargo, no hubo ningún comentario por parte de los calificadores durante ese periodo. La ausencia de correcciones me llevó a pensar que el trabajo estaba desarrollado correctamente, y acorde a lo que la facultad aprobó como proyecto para que yo realizara. La pregunta que surge entonces es: ¿por qué esperaron hasta la entrega de la calificación final para dar un concepto negativo? La vulneración del derecho al debido proceso es evidente, porque el tiempo para comentarios y críticas era el anterior a la sustentación, y no el posterior. Ahora, podría argumentarse que en la sustentación oral del trabajo hubo serios argumentos del jurado que dejaban entrever que el resultado no tenía relación con el proyecto aprobado por la facultad. En el video y trascripción que adjunto (anexo 8), ninguno de los jurados cuestiona el resultado, el método o el procedimiento, por tanto, no encuentro una justificación razonable para que el trabajo sea valorado negativamente.

También es una violación al debido proceso la escogencia de jurados que no hayan conocido el proyecto con anterioridad. Una decisión de ese tipo viola el principio del juez natural consagrado en el art. 29 de la C.P, y prácticamente equivale a que una persona sea juzgada por un juez que no conoce el derecho. Si el documento se entregó con un mes y medio de anticipación y el ante proyecto con 5 meses y medio, causa sorpresa que la dirección del programa no nombrara a alguien que lo hubiera leído. La confesión que hace la jurado Paula Silva, registrada en al final de la página 13 de la trascripción del video de la sustentación, de no haber leído el proyecto es suficiente para considerar que ella no podía ser uno de los calificadores, pues da una opinión sobre un trabajo que no conoce.

Por último, es un exceso de la universidad que imponga a los estudiantes requisitos más allá de sus fuerzas. Cuando un estudiante cumple con sus deberes académicos, el establecimiento educativo debe entregarle el título que acredita ese cumplimiento. En la sentencia T-515 de 1996 la Corte Constitucional declaró que si se cumplieron todos los requisitos exigidos por el reglamento de la Universidad, ésta debe sin más dilaciones reconocer la idoneidad profesional del estudiante. De lo contrario, violaría otros derechos fundamentales como el Libre Desarrollo a la Personalidad, la presunción de buena fe, la dignidad humana y la libre escogencia de profesión u oficio.

Peticiones:
Sírvase usted responder Porqué, la facultad no solicitó ningún tipo de aclaración ni precisión respecto al texto presentado, antes de la sustentación, y solamente al entregar el acta de reprobación, se hicieron señalamientos al respecto, para la siguiente petición cito el caso de Kevin Simón Mancera a quien le pospusieron la sustentación en tanto no modificara el texto presentado a la facultad.

Sírvase usted responder Porqué el tutor del trabajo no fue tenido en cuenta en el proceso de citación para la sustentación ni para el proceso de evaluación, si en el documento "Requisitos y Procedimientos del Proyecto de Grado" al cual ustedes me remiten en Documento respuesta del día 30 de Abril del 2007, dice claramente: “Por último, se hará la sustentación ante dos jurados nombrados por el Director del Programa, quien presidirá la sesión. En caso de optar por la opción de tutor, él será uno de los jurados”.

Sírvase usted responder Porqué qué en el documento "Acta de evaluación del proyecto de grado del programa de Bellas Artes" señalan que subsisten algunas preguntas, si no fueron rebatidas en la sustentación, según consta en los apartes subrayados en trascripción de la grabación del proceso de sustentación (Anexo 8)

Sírvase usted responder Porqué según fue expresado verbalmente por la Maestra Sylvia Escobar se contempló por parte del Doctor Alberto Saldarriaga, Decano de la facultad de ciencias humanas arte y diseño, la posibilidad de crear la figura transitoria de nota aplazada, sin embargo sin explicación esta fue limitada a un mes, haciendo obligatorio dar calificación de reprobado para sustentar de nuevo el proyecto después de seis meses.

Sírvase usted responder Porqué La totalidad de los jurados no tenía conocimiento del ante proyecto aprobado por la facultad correspondiente al proyecto que estaba evaluando.



Antecedentes

Estos antecedentes son presentados con su debida documentación con el fin señalar que no es este un caso particular de un proyecto cuyo proceso de valoración ha estado viciado sino, que existen serias anomalías que se han venido presentando desde hace aproximadamente dos años en la relación Estudiante – Programa de Bellas Artes con respecto al desarrollo del proyecto de grado:

Desde Agosto del 2005 (Anexos 15, 16 y 17) se ha solicitado respuesta por parte de la universidad “en términos académicos” sobre condiciones claras del proyecto de grado teniendo en cuenta que el programa de bellas artes no tenía lineamientos claros a ese respecto para cuando los estudiantes de la primera promoción de créditos había cursado los créditos exigidos por la universidad, hecho bastante grave teniendo en cuenta que el principal capital de una universidad son sus estudiantes, estas solicitudes no tuvieron una respuesta clara, directa y en términos académicos, de hecho no tuvieron respuesta, salvo la última carta frente a la cual la dirección del programa convocó a una reunión de estudiantes a través de la cartelera de la facultad, y no vía e-mail como es habitual, evitando que los estudiantes firmantes de la carta quienes ya no asistían a la universidad por haber terminado sus créditos, se enteraran de la reunión, desconociendo deliberadamente que ellos eran quienes habían manifestado su interés de conocer acerca del proyecto de grado, cuando los estudiantes firmantes de la carta asistieron a la reunión fueron señalados públicamente frente a los demás estudiantes como si hubiesen incurrido en una grave falta por haber enviado un documento a la rectoría, desconociendo que ellos ya habían solicitado directamente en la facultad información a ese respecto sin recibir respuesta; finalmente, fue expedido por facultad un documento en el que se planteaban una serie de reglas para llevar a cabo el proyecto de grado, reglas que tras un proceso crítico de análisis de las mismas fueron cuestionadas por los estudiantes Natalia Avila y Kevin Simon Mancera. Luego de interponer 2 derechos de petición (Anexo 18 y 19) para que sus señalamientos fueran escuchados, las respuestas fueron evasivas y nunca en términos académicos (Anexo 20 y 21).

La Alumna Natalia Avila solicitó el 8 de Febrero del 2006 una audición con el Rector Jaime Pinzón López, (Anexo 22 y 23) la cual le fue negada no de forma escrita sino verbal, finalmente se llevó a cabo una reunión con el Dr. Juan Manuel Caballero, (Vicerrector Académico), la Maestra Sylvia Escobar y la alumna Maria Natalia Avila; Reunión en la cual se plantearon los señalamientos en torno a las condiciones del proyecto entre las cuales se encontraban la ausencia de un marco institucional y la imposibilidad de llevar a cabo trabajos de forma colectiva. Frente a esto se planteó por parte del Dr. Caballero la posibilidad de llevar a cabo proyectos grupales pese a los lineamientos del proyecto de grado.

El 8 de Marzo del 2006 los estudiantes Cindy Triana, Gabriel Mejia, Kevin Mancera, Natalia Avila, Liliana Parra y Juana Luna presentaron como proyecto de grado “El Bodegón” (Anexo 24) que es un espacio expositivo independiente que funciona actualmente en la cra 2 # 22 A 08 que recientemente fue invitado al encuentro de arte contemporáneo MED/07, por el Museo de Antioquia en la ciudad de Medellín y por la Publicación londinense PILOT a la Bienal de Venecia en Italia. Sin embargo ese proyecto fue rechazado por considerar que eran “demasiadas personas”, y de ninguna manera nos fue informado de manera oficial por parte de la facultad sino a manera de breve comentario a algunos de los integrantes del proyecto fuera de las instalaciones de la universidad.

Posteriormente el día 11 de Julio de 2006 Los estudiantes Kevin Simón Mancera y Natalia Avila presentaron el proyecto de investigación: “ARTE Y NARCOTRAFICO EN COLOMBIA” (Anexo 25), el cual pese a no ser frontalmente rechazado fue entorpecido a través de cuestionamientos que iban desde el riesgo que implicaba el proyecto hasta la pertinencia de la investigación de forma colectiva, por esta razón se presentaron documentos aclaratorios (Anexo 26) frente a los cuales la facultad de nuevo presentó reparos, es preciso señalar que no existió un comunicado oficial por escrito del programa de Bellas Artes sino sugerencias verbales. las reuniones que se llevaron a cabo para manifestar las inquietudes del comité fueron citadas por la maestra Sylvia Escobar, sin embargo nunca se contó con la presencia de ella, sino del maestro Manuel Santana, salvo la última reunión, que mas allá de constituir una reunión fue un intento desesperado de hablar con la maestra para lo cual los estudiantes en mención simplemente tuvieron que permanecer en la facultad hasta que la maestra decidiera atenderlos, en este breve encuentro los estudiantes manifestaron su malestar por la velada negativa de la universidad pese al apoyo verbal que manifestaba la maestra al proyecto, esa contradicción y como lo señalo al comienzo: el entorpecimiento del proyecto, obligó a los estudiantes a abandonar esta iniciativa dentro de la universidad y presentar proyectos individuales, pese a ser un proyecto puesto en revisado por varios artistas y ex profesores de la Tadeo quienes señalaron la pertinencia del mismo, ¿Debe acaso ser interpretado este episodio como un caso claro de censura?.

Notificaciones


En Bogotá en la Cra 71 B # 51 – 28, Tel: 548 7871
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Natalia Avila Leubro
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